GDPR — Visión General

¿Qué es?

El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Conocido como GDPR (General Data Protection Regulation).

  • Entró en vigor: 24 de mayo de 2016
  • Aplicación obligatoria: 25 de mayo de 2018
  • Deroga: Directiva 95/46/CE (antigua ley de protección de datos)

Ámbito de aplicación (Art. 2-3)

CriterioAlcance
Territorial (Art. 3.1)Establecimiento en la UE
Efecto extraterritorial (Art. 3.2)Ofrece bienes/servicios a residentes UE o monitoriza su comportamiento
Material (Art. 2)Datos personales tratados total o parcialmente por medios automatizados

Excepciones (Art. 2)

  • Actividades fuera del ámbito del Derecho de la UE (seguridad nacional)
  • Actividades domésticas/personales
  • Fines exclusivamente penales (Directiva 2016/680)

Estructura del Reglamento

11 Capítulos → 99 Artículos → 173 Considerandos
  1. Cap. I (Art. 1-4): Disposiciones generales + definiciones
  2. Cap. II (Art. 5-11): Principios
  3. Cap. III (Art. 12-23): Derechos del interesado
  4. Cap. IV (Art. 24-43): Responsable/Encargado, DPO, EIPD, breaches
  5. Cap. V (Art. 44-49): Transferencias internacionales
  6. Cap. VI (Art. 51-59): Autoridades de control
  7. Cap. VII (Art. 60-76): Cooperación y coherencia
  8. Cap. VIII (Art. 77-84): Recursos, responsabilidad y sanciones
  9. Cap. IX (Art. 85-91): Situaciones específicas de tratamiento
  10. Cap. X (Art. 92-93): Actos delegados y de ejecución
  11. Cap. XI (Art. 94-99): Disposiciones finales

El GDPR en España

Se complementa con la lopdgdd (Ley Orgánica 3/2018), que:

  • Concreta y adapta ciertos aspectos del GDPR al ordenamiento español
  • Establece la edad de consentimiento digital en 14 años (Art. 7 LOPDGDD)
  • Regula el DPO en el sector público (Art. 34 LOPDGDD)
  • Desarrolla los derechos del interesado con particularidades procesales

Relación con datos de salud

El GDPR es especialmente relevante para datos de salud porque:

  • Los datos de salud son categoría especial (Art. 9) → prohibición general con excepciones
  • El consentimiento debe ser explícito (no basta el tácito)
  • El eipd (Art. 35) es obligatorio en muchos tratamientos de salud
  • Requiere dpo en centros sanitarios (Art. 37 + LOPDGDD)
  • Regula la investigacion científica con datos (Art. 9(2)(j), Art. 89)

Referencias